Admisión alumnado – CURSO 23/24

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha convoca, anualmente, el proceso de admisión de alumnado en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios, en el que pueden participar todos los que deseen iniciar sus estudios en un centro educativo de la Región o bien soliciten cambiar de centro.

En este enlace pueden consultar la guía para las familias:   Guía para las familias 23/24

En el siguiente vídeo tienen un tutorial de cómo realizar el proceso a través de la plataforma educativa EducamosCLM (https://educamosclm.castillalamancha.es )

También disponen de esta información en el portal de educación de Castilla La Mancha: https://www.educa.jccm.es/es/admision/admision-2-ciclo-infantil-primaria-bachillerato

PREGUNTAS FRECUENTES:

¿Quiénes deben solicitar una plaza escolar?

  1. Alumnado de nueva incorporación al sistema educativo (3 años).
  2. Alumnado que para cambiar de etapa debe solicitar un centro distinto al actual
  3. Alumnado que solicita un cambio de centro.
  4. Todo el alumnado que cursa 4º de ESO y solicita plaza escolar para 1º de BACHILLERATO aunque quiera cursarlo en el mismo centro

¿Qué alumnado NO tiene que presentar solicitud de admisión?

  • Alumnado que pasa de curso en el mismo centro.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes de admisión?

Del 6 de febrero al 28 de febrero, ambos incluidos.

Antes y después del plazo establecido no se podrán registrar solicitudes de admisión.

¿Cómo debo presentar la solicitud de admisión?

Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario que estará disponible en la plataforma educativa EducamosCLM (https://educamosclm.castillalamancha.es ), conforme al modelo establecido. CONSULTE AQUÍ UN VÍDEO TUTORIAL PARA REALIZAR LA SOLICITUD.

Si NO tiene claves (Usuario y Contraseña) para acceder a la Plataforma EducamosCLM, se adquieren en las secretarías de los centros educativos objeto de admisión. Se podrán imprimir y rellenar los formularios de solicitud incluidos en los Anexos I y II de la Resolución 22/12/2022.

También podrán presentarse las solicitudes a través de cualquiera de los demás medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá imprimir y rellenar el formulario de solicitud incluido en el Anexo I de la Resolución 26/01/2022, siguiendo para ello las indicaciones recogidas en las instrucciones para cumplimentar la instancia que acompañan a la solicitud. Deberán acompañarse de copia auténtica de la documentación, que en cada caso corresponda, conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la Orden 12/2022, de 18 de enero y el apartado cuarto de la Resolución. Es muy importante comprobar que tenemos Nº de Registro y tenerlo presente para comprobar después los listados de publicación.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*